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¿Cuánto es el aporte del subsidio habitacional para clase media?

  • Foto del escritor: Alexander Chest
    Alexander Chest
  • 13 may 2020
  • 3 Min. de lectura

El ministro de Vivienda, Crisitian Monckeberg, ha anunciado la modificación en las fechas de postulación para los subsidios habitacionales a causa de la pandemia del coronavirus.


Fuente: Encancha Fecha: 12.05.2020


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Estos, serán desde el próximo 15 de mayo hasta el 4 de junio. No obstante, una de las primeras dudas que surge a la hora de hablar de postular a una casa con subsidio es de cuánto dinero se habla y bajo qué condiciones. Por eso, acá te respondemos las principales dudas al respecto. ¿A quién van dirigidos los subsidios? En el caso de los subsidios habitacionales para la clase media existen dos. El Título 1 Tramo II (DS N° 1), destinado a personas que: • Para la compra de vivienda, cuenten con un ahorro mínimo de 40 Unidades de Fomento (UF), en una cuenta de ahorro para la vivienda, a nombre del postulante o de su cónyuge. • Pertenezcan al 80% más vulnerable según en el Registro Social de Hogares. • Sean sujetos de crédito hipotecario o cuenten con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y corresponder a un ahorro mínimo de 200 UF. • En caso de construcción en sitio propio no es necesario ser sujeto de crédito, sino que sólo contar con el ahorro mínimo. • El ingreso máximo mensual neto del núcleo familiar declarado no supere las 40 UF. Para familias de la zona norte, región de Magallanes, provincia de Palena, Chiloé y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández el ingreso máximo mensual declarado no debe superar las 50 UF. En el caso del Título II (DS N°2), está destinado a personas que: • Cuenten con un ahorro mínimo de 80 Unidades de Fomento (UF), en una cuenta de ahorro para la vivienda, a nombre del postulante o de su cónyuge. • No superen el tramo del 90% más vulnerable según en el Registro Social de Hogares. • Sean sujetos de crédito hipotecario o cuenten con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y corresponder a un ahorro mínimo de 400 UF. En ambos casos, los y las postulantes deben contar con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios. Pueden postular chilenos y chilenas, y también extranjeras y extranjeros, mayores de 18 años. ¿Cuál es el valor de cada subsidio habitacional? En el caso del Título 1 Tramo II en el caso de compra de vivienda, este subsidio otorga un máximo de: Entre 550 y 175 Unidades de Fomento (UF), para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama. Entre 570 y 225 UF, para viviendas de hasta 1.600 UF, para la provincia de Chiloé. • Entre 500 y 200 UF para viviendas de hasta 1.400 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo hasta Los Lagos. Entre 570 y 225 UF para viviendas de hasta 1.600 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández. Para el Título 2, en el caso de compra de vivienda, este subsidio otorga un máximo de: Entre 400 y 140 Unidades de Fomento (UF), para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Arica y Parinacota hasta Atacama. Entre 450 y 140 UF para viviendas de hasta 2.400 UF, para la provincia de Chiloé. Entre 350 y 125 UF, para viviendas de hasta 2.200 UF, para postulantes de las regiones de Coquimbo a Los Lagos. Entre 525 UF y 140 para viviendas de hasta 2.400 UF, para postulantes de las regiones de Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena; provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández. Para la construcción de viviendas para uso habitacional, existen otras condiciones específicas, las que puedes conocer en el sitio oficial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (www.minvu.cl).


 
 
 

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