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Urgen regular el corretaje de propiedades

  • Foto del escritor: Alexander Chest
    Alexander Chest
  • 23 ene 2022
  • 4 Min. de lectura

Se encuentra en el Senado un proyecto de ley, el cual -según ACOP A.G.-, una vez discutido y terminado, logrará regular y transparentar esta actividad. Hoy, en la práctica, cualquier persona puede ejercer de corredor de propiedades





Fuente: El Mercurio

Fecha: 23.01.2022






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ACOP pide establecer el Registro Único de Corredores de Propiedades. La asociación gremial, con 80 años de existencia, destaca la importancia de la regulación del corretaje de propiedades, la que -a su juicio-siempre generará transparencia en los mercados y protegerá a los consumidores en esta industria.


Como todos los años, durante la temporada estival aumenta el arriendo de inmuebles y, al mismo tiempo, los delitos de estafas y defraudaciones. Hoy es común la existencia de páginas o perfiles de redes sociales que ofrecen productos con valores por debajo del precio de mercado. Por ello, siempre es recomendable contar con los servicios de un corredor de propiedades establecido y reconocido.


Desde hace más de una década, ACOP -Cámara Nacional de Servicio Inmobiliarios A.G.- viene insistiendo en la necesidad de regular el corretaje de propiedades en nuestro país. Actualmente se encuentra en el Senado un proyecto de ley, el cual lleva varios años y que se ha ido perfeccionando para poder generar una legislación que reglamente esta actividad.


Cristián Domínguez, gerente general de ACOP, explica que la primera materia que se destaca en este proyecto es la creación de un Registro Nacional Único de Corredores de Propiedades en Chile. "Este registro, según lo solicitado, debiera estar en manos del Ministerio de Economía, tal como fue hasta el año 1977, cuando se derogó así como toda la normativa relacionada con esta actividad".


Uno de los aspectos relevantes de este proyecto es la capacitación que se exigirá a quienes desarrollen esta actividad comercial, en la cual se demandaría un cierto número de horas mínimas anuales y actualizaciones de competencias en forma periódica. "Además, el proyecto incorpora que las personas que participan de esta actividad tengan cierto grado de idoneidad para desempeñarse en este rubro, y que cumplan con algunos aspectos formales propios de toda actividad comercial -por ejemplo, patente comercial, iniciación de actividades, cumplimiento tributario, etc.", enfatiza.


Por su parte, Marcela Martínez, presidenta de ACOP, adelanta que la asociación gremial insistirá durante el año 2022 en el avance del proyecto que viene a reconocer un trabajo gremial de más de 10 años. "Para asegurar la calidad en el servicio de intermediación de bienes raíces, resulta indispensable establecer algunas exigencias en cuanto a las personas que pueden actuar como corredores de propiedades".


Otro tema que preocupa al gremio es el surgimiento de otras asociaciones gremiales que están más orientadas al tema de la capacitación, que al quehacer económico nacional y representar a oficinas de corredores de propiedades. "Es por ello que tanto ACOP como Coproch han sido las asociaciones gremiales que han estado desde el principio en la discusión de este proyecto y en el trabajo con las diferentes comisiones", asegura Domínguez.


Y añade: "También se ven hoy certificaciones que son ofrecidas a los corredores de propiedades, las cuales apuntan a un número menor de competencias y que podrían generar desconcierto entre los consumidores ya que, si bien alguien puede tener una certificación comercial, está muy lejos de la certificación y regulación que se espera conseguir a través de este proyecto".


PROTECCIÓN PARA LOS CONSUMIDORES


En la actualidad para ejercer como corredor de propiedades se debe cumplir únicamente con los mismos requisitos que se necesitan para el ejercicio de cualquier actividad económica: inscripción en el Rol Único Tributario, declaración de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos internos y pago de patente municipal. "Esto difiere sustancialmente en comparación con otras actividades de intermediación, tales como el corretaje de seguros y el corretaje de bolsa", puntualiza Juan Eduardo Figueroa, asesor legal de ACOP.


Argumenta que para la gran mayoría de los ciudadanos de Chile, en todo negocio inmobiliario está involucrado generalmente el anhelo de la vivienda propia, de modo que la frustración del negocio, por una errónea o mala calidad del servicio de intermediación, puede significar iun daño irreparable. "Lo que se traduce que el negocio inmobiliario termine en un largo y costoso pleito o en la imposibilidad de escriturar, importando, por ende, la postergación de la satisfacción de dicha necesidad, con todas las consecuencias que de ello se derivan, por lo que podemos consignar que la actividad de intermediación en la compra y venta y/o arrendamiento de bienes raíces constituye una actividad comercial de gran trascendencia social para todos los consumidores", dice.


"El hecho de que el servicio de corretaje de propiedades está en la actualidad desprovisto de toda regulación se presta para que personas inescrupulosas y sin la adecuada formación profesional actúen como "corredores de propiedades", recurriendo habitualmente a una publicidad poco veraz y otorgando además una mala calidad de servicio, en evidente perjuicio de los consumidores que recurren a ellos en el proceso de adquisición de su casa propia".


Lo anterior ha quedado de manifiesto en las abundantes y reiteradas denuncias que recibe el Servicio Nacional del Consumidor, por reclamos de mal desempeño, falta de idoneidad, publicidad engañosa, etc., de que los consumidores son víctimas frente a personas que actúan como "corredores de propiedades", sin control alguno en cuanto a la calidad del servicio que prestan.


Figueroa detalla que los corredores de propiedades deben prestar un servicio eficiente a sus clientes y al público en general, conforme a los usos y prácticas habituales del mercado considerando especialmente las expectativas razonables existentes para cada tipo de servicios. "En consecuencia no deben ofrecer servicios que están fuera del ámbito de su competencia, a menos que lo hagan mediante la asistencia de especialistas o que se advierta de esta situación honesta y sinceramente a los clientes respecto de sus limitaciones".

 
 
 

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