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Publican resultados del Subsidio de Arriendo para personas mayores y con discapacidad: revísalos aquí

  • Foto del escritor: Alexander Chest
    Alexander Chest
  • 17 ago
  • 2 Min. de lectura

Cubre entre un 90% y un 95% del valor del arriendo mensual.





Fuente: Biobío Chile

Fecha: 14.08.2025






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El Ministerio de Vivienda y Urbanismo ya publicó los resultados del Subsidio de Arriendo para personas mayores y con discapacidad, el cual cubre entre un 90% y un 95% del valor del arriendo mensual.


Las postulaciones estuvieron abiertas entre el 1 y el 30 de abril de 2025. Entre los requisitos para postular se indicaba tener más de 60 años o ser personas con discapacidad mayores de 18 años. En ambos casos las personas se deben encontrar dentro del 70% de la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH).


Para conocer si te corresponde el subsidio, ingresa a arriendoenlinea.minvu.cl con tu Clave Única. En caso de resultar seleccionado o seleccionada, podrás emitir tu contrato de arriendo y consultar el estado de tu arriendo.


Subsidio de Arriendo para personas mayores y con discapacidad


Para postular a este Subsidio de Arriendo, al momento de que se abran los llamados, la persona debe tener más de 60 años —o cumplirlos durante el año calendario—. En el caso de las personas mayores de 18 años con discapacidad, esta debe ser acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad.


También se debe pertenecer hasta el 70% del RSH y acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($194 mil pesos aproximadamente). Así mismo, El valor mensual de la propiedad no debe exceder las 11 UF ($427 mil pesos aproximadamente). No obstante, para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes, se permite un valor máximo de 13 UF ($504 mil pesos aproximadamente).


Algunas consideraciones especiales que debes tener en cuenta:


• No exige ahorro mínimo.

• Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad.

• Se otorga puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar a una “persona cuidadora” inscrita en el RSH.

• Se puede postular sin núcleo familiar (personas solas).

• No requiere estar actualmente arrendando. Pueden postular también personas que necesitan buscar una vivienda para arrendar. (Bárbara Haas)

 
 
 

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