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Subdivisión de predios rústicos: SAG anuncia nueva modalidad para realizar el trámite

  • Foto del escritor: Alexander Chest
    Alexander Chest
  • 27 oct
  • 2 Min. de lectura

La Región del Biobío se suma a las regiones de O´Higgins y Maule que ya están operando con esta nueva modalidad.





Fuente: Biobío Chile

Fecha: 24.10.2025






Nueva modalidad para tramites subdivisión predios rústicos / SAG
Nueva modalidad para tramites subdivisión predios rústicos / SAG


Para dar a conocer la nueva modalidad para la tramitación de las solicitudes de subdivisión de predios rústicos en la región del Biobío, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) realizó una reunión informativa con los profesionales que realizan actualmente este trámite ante el Servicio sobre la forma en que se gestionarán estas solicitudes.


Al respecto, el Director Regional subrogante del SAG de Biobío Juan pablo Becerra, señaló que "el próximo 17 de noviembre nuestra región se suma a esta nueva modalidad que ya está vigente en las regiones de O´Higgins y Maule, donde terceros autorizados, previamente registrados por el SAG, verifican las solicitudes de subdivisión de predios rústicos, lo que permitirá descongestionar el sistema y reducir significativamente los tiempos de tramitación, manteniendo al SAG como responsable final del proceso de certificación SPR".


Los terceros acreditados son personas o empresas externas al SAG que efectúan labores previas de verificación de solicitudes de SPR, quienes entregarán un informe al SAG cuando ésta haya sido verificada que cumple con la normativa vigente. Posteriormente, el Servicio evaluará el informe, la pauta de verificación y otros antecedentes para emitir su pronunciamiento: certificación o rechazo.


La verificación de las solicitudes de Subdivisón de Predios Rústicos (SPR) por parte de un tercero autorizado involucra la recepción de solicitudes de certificación de SPR, su digitalización, almacenamiento y custodia de las carpetas físicas, comunicación de observaciones al interesado/a, reportabilidad de la información, emisión del informe técnico, entre otros aspectos.


Terceros Autorizados


La normativa establece que los interesados en postular a la autorización, sean personas naturales o jurídicas, deben cumplir con todo lo establecido en el Reglamento General del Sistema Nacional de Autorización de Terceros y el Reglamento específico correspondiente.


Las personas presentadas a desempeñar el rol de responsable técnico, tanto titular como subrogante, deberán aprobar un curso de capacitación, el que será realizado por el Departamento de Protección y Conservación de Suelos y Aguas del SAG, de acuerdo a la modalidad definida por el Servicio y que será informada oportunamente a cada postulante. (Esteban Sepúlveda H.)






 
 
 

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