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“Sitios prioritarios”. Los 4 millones de hectáreas que Medio Ambiente tiene en la mira

  • Foto del escritor: Alexander Chest
    Alexander Chest
  • 28 oct
  • 7 Min. de lectura

La ambigüedad de la ley SBAP –aprobada en 2023 por amplia mayoría- mantiene enfrentados al ministerio con los privados, quienes estiman que se requiere un reglamento para declarar sus sitios –varios urbanizados- como prioritarios.





Fuente: El Mercurio

Fecha: 26.10.2025






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En el ministerio aseguran que la ley los autoriza a hacerlo vía decreto. - Y abrió una consulta donde propone que 99 áreas sean declaradas como tales, limitando –acusan inversionistas- actividades. La cartera mandató el viernes al SBAP en reuniones para aclarar dudas.


En 2013, Mauricio Muñoz y Rodrigo Abumohor adquirieron dos hectáreas en la Playa Socos de Tongoy, cerca de Puerto Veleros. El área -relatan- constituía una zona de uso de suelo recreacional y con alta presencia inmobiliaria. Su objetivo fue una inversión, a través de la Inmobiliaria Bahía Barnes. Ahora están en duda.


Al igual que la familia Gardeweg que tiene un campo productivo en Longaví hace décadas, o inmobiliarias en Batuco, las Cabañas Bed & Wheels en Pichidangui, la Marina de Pichidangui o la Agrícola Trapiche en Los Andes.


Maisa Rojas
Maisa Rojas

Estos, son algunos de los terrenos que incluyen los 99 polígonos en proceso de ser declarados “sitio prioritario” por parte del Ministerio de Medio Ambiente, que lidera Maisa Rojas, una denominación que deriva de la Ley 21.600 que implementó el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), aprobada en junio de 2023 y que se promulgó en septiembre de ese año.


En simple, la normativa creó instrumentos de protección y gestión de la biodiversidad, dentro de ellos, los sitios prioritarios, que si bien se partieron determinando en los 2000, la ley mandató analizarlos científica y técnicamente para acotarlos y protegerlos como tales.


El problema –alegan privados- es que a su juicio tal determinación requería reglamentos que les dieran un marco que hoy no existe. Por el contrario, la ambigüedad de la ley ha derivado en que el Ministerio de Medio Ambiente establezca unas bases metodológicas y abra consulta para determinar –vía decreto- 99 sitios prioritarios donde se limitarían ciertas actividades como extraer tierra de hoja; destruir nidos, extraer ejemplares de especies nativas de plantas, algas, hongos o líquenes, etc. Abogados estiman que son 3,9 millones de hectáreas entre cerros con actividad agrícola, lugares urbanos, turísticos… suma y sigue. Según un catastro del ex presidente de la Comisión de Medio Ambiente de la Confederación de la Producción y del Comercio Juan Carlos Urquidi, estos 3,9 millones de hectáreas en la macro zona sur; 46 y 1,46 millones de hectáreas en la zona centro, y 30 sitios y 1,23 millones, en el sur.


Para el proyecto de Inmobiliaria Bahía Barnes esta determinación es incompatible con el uso de suelo actual. “Generaría un perjuicio patrimonial directo, al afectar el valor de mi propiedad, producto de la incertidumbre de dicha medida”, señalan. Muñoz explica que Tongoy tiene un Plan Regulador modificado que tardó dos años y que está en Contraloría. Este estableció que la zona es para uso urbano “Esta ley se posa por sobre el plan regulador y echa para atrás el trabajo de dos años. No tiene sentido”.


La familia Gardeweg cree que, de prosperar la resolución, ya no podrían seguir con el desarrollo agrícola en Longaví.


Decreto versus reglamento


El 14 de junio de 2023, todos celebraron. La llamada Ley SBAP se aprobó con amplia mayoría, solo se opusieron la actual PNL Gloria Naveillán, y el PS Daniel Manouchehri. “Este proyecto compatibiliza la protección del medio ambiente con el cuidado de los puestos de trabajo”, decía el diputado UDI Juan Antonio Coloma Álamos.


Todo ello derivaba –dicen en el sector- de la llamada Agenda 2030, que entre otras cosas plantea que al 2023, el 30% de las áreas deben ser de conservación.


Hoy, sin excepción, todos los contactados aseguran que la ley quedó mal hecha. “Hay una responsabilidad de los políticos, y lenidad de muchos gremios que no se preocuparon de los intereses de sus asociados. Esta ley no la leyeron”, dice el abogado Juan Carlos Urquidi. Agrega: “Parece que la redactaron solo biólogos, porque, la mano legal no se ve. Jurídicamente tiene muchas falencias que podrían llevar a una revisión desde el punto de vista constitucional”. La normativa estableció que en un plazo de 2 años debían aprobarse reglamentos. Hay un atraso, pero ya se han aprobado varios. El de los sitios prioritarios, aún no. Y ahí está el debate.


La ley tiene un artículo transitorio que permite vía decreto, declarar sitios prioritarios a los ya preexistentes. En el ministerio dicen que eso “responde a un mandato legal y técnico establecido en la Ley 21.600”. No obstante, abogados aseguran que 64 entran los preexistentes, y a ellos se están sumando 35 adicionales, como el de Muñoz con Abumohor, que es nuevo. Además, insisten en que el reglamento, al determinar los criterios, debe ser previo.


“La ausencia del referido reglamento genera un vacío normativo que puede afectar gravemente la legalidad del procedimiento”, subraya Muñoz. “La mera declaración de un predio como parte de un sitio prioritario genera una devaluación inmediata de su valor comercial y potencial productivo (…) debido a la incertidumbre que se cierne sobre la posibilidad de desarrollar proyectos”, agrega otro inversionista.


Para los contactados esta premura responde al término del Gobierno, y también a la intención de mostrar avances en la COP de noviembre en Brasil.


“Están llevando adelante este proceso de reconocer sitios prioritarios preexistentes en base a unas bases metodológicas elaboradas por el ministerio con escasos criterios técnico-científicos”, señala el abogado José Pedro Scagliotti. “El ministerio está yendo por el lado de ese marco y corriendo contra los plazos para tener de aquí a marzo los datos prioritarios, abarcando áreas que son totalmente desproporcionadas”, agrega.


El ministerio prevé tener los decretos en febrero.


Desde la cartera aseguran que “los 99 sitios propuestos se definieron sobre criterios científicos verificables como conectividad, integridad y representatividad eco sistémica. No se trata de una propuesta arbitraria”. “Además, esto debe ser revisado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático”, señalan. Luego, los decretos que deben ser visados por Contraloría.


En el marco de la consulta, decenas de privados están planteando inquietudes, pidiendo dejar fuera a sus lotes, ya que los únicos que no estarían afectos a las restricciones serían aquellos con una resolución de calificación ambiental favorable. Las multas, de lo contrario, llegarían hasta las 15.000 UTM.


“A un dueño de un inmueble que se declara monumento nacional, lo notifican. Aquí no, tienes que enterarte de que hay un procedimiento administrativo para poder hacer tu observación. Eso ya es un defecto grave de la ley”, sostiene el ex subsecretario de Medio Ambiente Ricardo Irarrázabal.


La Sociedad nacional de Minería (Sonami) es uno de los principales críticos de la iniciativa. La minería pequeña, dada su capacidad de extracción, no posee RCA. “Genera un nivel de incertidumbre mayor, porque no sabes qué va a hacer el ministerio con tu predio, le da una especie de carta blanca. Puede ser súper restrictivo”, destaca Irarrázabal.


Medio Ambiente asegura que: “La ley 21.600 solo sanciona daños significativos a las características ecológicas del sitio”.


De hecho, ambientalistas han reclamad que en vez de 99 deberían ser unos 50 sitios, lo que sumaría 14 millones de hectáreas. “Nadie está conforme”, señala una fuente de gobierno.


“Expropiación regulatoria” y riesgo de judicialización


El martes, el abogado Juan Pablo Urquidi participó en una reunión convocada por el recién creado Consejo para la Pequeña y Mediana Minería. La instancia se formó justamente para defender a los pequeños mineros. Participaron gremios forestales y salmoneros.


“Fue una reunión espontánea, para armar un referente en el tema”, señala.


Es que si bien, explica, tradicionalmente la conservación de la biodiversidad era in situ, es decir, al interior de parques nacionales, reservas, etc., ahora –dice- es “ex situ”, persigue la biodiversidad fuera de ellos, en todo el territorio. “Van a llegar hasta el jardín de tu casa, hasta donde se genera la actividad productiva”, asegura Urquidi. “Se quiso tener una lógica de germen de área protegida fuera de la protegida”, agrega Irarrázabal.


Para todos los contactados esto podría terminar en una “expropiación normativa” que puede “finalizar en tribunales ambientales una vez que salgan los decretos”, dice Scagliotti.


“Es una especie de expropiación regulatoria. Si tienes una concesión minera, sin inversión aún, y el plan te impide construir un rajo, no te expropió formalmente, pero sí regulatoriamente. No sirve para extraer sustancias concesibles”, agrega Irarrázabal. Más aún, la Ley Orgánica de Concesiones Mineras establece que frente a una expropiación se debe indemnizar también los flujos futuros de caja.


En Medio Ambiente afirman que los sitios prioritarios no son áreas protegidas, por ende, no requieren planes de manejo. Además, subrayan: “El proceso de determinación de sitios prioritarios está en desarrollo, por lo tanto, aún no existe una superficie definitiva ni efectos jurídicos asociados”.


“Es un contrasentido”


Andrés González es gerente general de Desert King chile, empresa norteamericana que tiene casi toda su operación en torno al quillay en el país. Esa especie tiene unas moléculas llamadas saponinas, esenciales para desarrollar vacunas.


Es el único proveedor mundial a escala comercial y han aportado a la vacuna del covid-19, de la malaria, del papiloma humano, etc. su centro es el bosque esclerófilo en la zona central, con permisos de Conaf, planes de manejo para darle vigor al árbol. Hoy, una gran extensión está en proceso de ser sitio prioritario.


Estima que, en las regiones de Valparaíso, Metropolitana y O’Higgins, los sitios prioritarios propuestos coinciden con las zonas de mayor potencial y manejo del bosque; un promedio aproximado de 150.000 hectáreas por región. “Con reglamentos que no se conocen, con criterios súper divergentes, se va a dificultar tanto el acceso que el bosque se va a morir”. “Es un contrasentido enorme”.


Agrega que, en esos campos, hay un sinnúmero de propietarios pequeños y medianos que dependen del quillay. La empresa les compra la biomasa resultante de la poda o de la silvicultura.


“Al SEIA solo deben ingresar aquellas actividades que generan impacto ambiental significativo, sea en un sitio prioritario o en cualquier lugar del territorio”, rebate medio Ambiente.


La consulta pública termina este 7 de noviembre. Los inversionistas ya analizan los caminos a seguir con abogados; mientras el ministerio llama a la calma: “La declaración de sitios prioritarios no afectará el desarrollo de actividades productivas que cuenten con los permisos correspondientes”.


Ante las inquietudes, el viernes la ministra Maisa Rojas encomendó al director nacional del SBAP, Aarón Cavieres, iniciar un proceso de diálogo con distintos sectores productivos y de la sociedad civil sobre los alcances de la implementación de sitios prioritarios, para “canalizar inquietudes, aclarar dudas y buscar puntos de acuerdo para generar certeza jurídica”.


Tales diálogos comenzarían esta semana. (María José Tapia)

 
 
 

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